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Viajes a Marruecos con Siente Marruecos

1. Pasaportes

Antes de viajar a Marruecos es imprescindible comprobar que se tiene el pasaporte en regla (o el DNI únicamente en algunos casos muy concretos, como la mayoría de las excursiones de un día). Además, deberá tener una fecha de caducidad superior a tres meses (contando desde la fecha de salida del país que se visita). Esto es aplicable a todos los viajeros, incluidos niños y bebés. En este caso, además, si dicho menor no viaja acompañado de sus padres, será necesario que éste porte una autorización paterna formalizada en la comisaría de policía española.

Es necesario incidir en la documentación necesaria: son ya varios los casos en los que se ha denegado la entrada a Marruecos por no disponer del pasaporte en regla. Puede ser que  el policía que lleve dicho trámite admita, en circunstancias excepcionales, un pasaporte con fecha de caducidad inferior a tres meses, pero desde luego no se trata de un caso que pueda tomarse como norma.

2. Fichas de entrada y salida

Además del pasaporte, será necesario rellenar dos fichas (una a la entrada y otra a la salida), que se facilitarán en el puerto o en el barco. En dicha ficha, requerida por el gobierno de Marruecos para llevar un control de la identidad de todo el que entra y sale del país, será necesario rellenar los datos personales, el motivo de la visita y la profesión.

La de ida será necesario entregarla al policía localizado en el interior del barco (se puede reconocer fácilmente por estar situado delante de una mesa en una de las esquinas del interior del barco e ir vestido de paisano o bien en la ventanilla de la policía situada en el centro del barco). Aconsejamos hacerlo en cuanto se entra en el barco, ya que suele ser un trámite que la mayoría de la gente pospone, formándose colas que demoran innecesariamente la salida.

La ficha de salida se entregará antes de entrar al barco, en el control aduanero. Los datos a rellenar son idénticos a los de la ficha de entrada.

Para agilizar el trámite, se recomienda escribir en la parte superior de la ficha de salida el código compuesto por letras y números que haya estampado en el pasaporte el policía aduanero a la ida en el pasaporte. Dicho código es aconsejable recordarlo, ya que permitirá identificarnos en el caso en que perdamos nuestro pasaporte, ayudándonos enormemente a agilizar el regreso.

3. Visados

En algunos casos, deberá ser necesario disponer de un visado. A continuación se indican los países cuyos ciudadanos NO precisan de dicho visado para viajar a Marruecos, pero, como dicho listado es susceptible de modificarse con el tiempo, rogamos que sólo se consulte a modo orientativo. Para confirmar la obligatoriedad o no de tramitarlo, aconsejamos dirigirse a la embajada de Marruecos del país que corresponda:

Alemania
Andorra
Arabia Saudita
Argelia
Argentina
Australia
Austria
Bahrein
Bélgica
Brasil
Bulgaria
Chipre
Canada
Chile
China
Colombia
Congo (República Popular)
Corea del Sur

Costa de Marfil
Croacia (90 días máximo)
Dinamarca
Emiratos Árabes Unidos
Eslovaquia
Eslovenia
España
Estados Unidos
Estonia
Filipinas
Finlandia
Francia
Grecia
Guinea (Conakry)
Hong-Kong (30 días máximo)
Hungría (30 días máximo)
Indonesia
Irlanda

Islandia
Italia
Japón
Kuwait
Letonia
Libia
Liechtenstein
Lituania
Luxemburgo
Malí
Malta
México
Mónaco
Nigeria
Noruega
Nueva Zelanda
Omán

Países Bajos
Perú
Polonia
Portugal
Puerto Rico
Qatar
Reino Unido
República Checa
República Dominicana
Rumanía
Rusia
Senegal
Singapur
Suecia
Suiza
Túnez
Turquía

Es necesario señalar que los consulados y embajada de Marruecos en España únicamente ofrecen visados para aquellos extranjeros que disponga de su residencia en España. Para el resto de los casos, será necesario pedir el visado en la embajada o consulado del país de procedencia.

Por último, a aquellos que necesitan información más detallada para cruzar el estrecho le recomendamos nuestra entrada relacionada:
Entrar en Marruecos. Trámites aduaneros, requisitos y documentación